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TESIS
Cuando un visitador realiza una valoración de las pruebas y documentos que presenta el contribuyente es una infracción al debido proceso, si la resolución es en contra del contribuyente y la valoración de los documentos del visitador trascendió en el crédito se otorga una nulidad para efectos de que vuelvan a emitir una resolución sin las consideraciones que realizó el visitador, no da lugar a nulidad lisa y llana.
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