
Regla 2.2.10 / Inscripción en el RFC y trámite de la e.firma para las Sociedades por Acciones Simplificadas
Para efectos de los artículos 27, apartados A, fracción I y B, fracción I del CFF, 22, fracción I y 23, último párrafo, fracción I de su Reglamento, las personas morales constituidas como Sociedades por Acciones Simplificadas, podrán inscribirse en el RFC a través del Portal cumpliendo con lo establecido en la ficha de trámite 235/CFF “Solicitud de Inscripción en el RFC por las Sociedades por Acciones Simplificadas”, contenida en el Anexo 1-A.
Asimismo, para efectos del artículo 17-D del CFF, una vez concluida la inscripción en el RFC, las citadas sociedades podrán tramitar por única vez a través del mencionado Portal su certificado de e.firma, cumpliendo con lo establecido en la ficha de trámite 236/CFF “Solicitud de generación del Certificado de e.firma para las Sociedades por Acciones Simplificadas”, contenida en el Anexo 1-A.
CFF 17-D, 27, Ley General de Sociedades Mercantiles 260, 262, RCFF 22, 23
CAPITULO 2.2
TITULO 2
