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3.16.jpg

Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero

3.16.11. 
Para los efectos del artículo 239 del Reglamento de la Ley del ISR, el factor de acumulación aplicable al monto del depósito o inversión al inicio del ejercicio fiscal de 2024, es de 0.1368.


RLISR 239

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